A- de 2024
Ponente Cristina Pardo Schlesinger
✓Demandante Bermudez Arrechea Jacob·Demandado --
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Finalidad
- Incumplimiento de la carga argumentativa
- Incompetencia de la Corte Constitucional para conocer demanda contra decreto reglamentario
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Recurso de súplica.
La demanda se rechazó por la falta de competencia de la Corporación para tramitar la norma censurada.
La Sala Plena consideró que el actor no desarrolló los motivos por los cuales, en su criterio, la Corte Constitucional sería competente para desencadenar un juicio de constitucionalidad de la norma reglamentaria acusada, la cual no es propiamente un decreto reglamentario expedido en ejercicio de las facultades de que trata el artículo 189 numeral 11 de la Constitución, sino una norma dictada en desarrollo de una ley marco, en este caso la Ley 923 de 2004, expedida con fundamento en el artículo 150 numeral 19 literal e) Superior.
En consecuencia, el recurso impetrado fue RECHAZADO por falta de carga argumentativa.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- PRIMERO. RECHAZAR el recurso de súplica presentado en relación con el auto proferido el 25 de junio de 2024 por la magistrada sustanciadora Paola Andrea Meneses Mosquera, mediante el cual rechazó la demanda con el número de radicación D-15.930.
- SEGUNDO. Por intermedio de la Secretaría General,
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.